CTEAJE y PAdES-LT/LTA: conservación de firmas largo plazo

Qué establece CTEAJE sobre conservación de firmas electrónicas y cómo PAdES-B-LT y B-LTA permiten mantener sus evidencias de validación a largo plazo

Equipo edatalia··24 min
Ilustración del artículo: CTEAJE y PAdES-LT/LTA: conservación de firmas largo plazo

CTEAJE y conservación a largo plazo de documentos firmados: PAdES-LT y PAdES-LTA en Justicia

Un documento judicial puede necesitar conservarse durante muchos años.

Durante ese tiempo pueden ocurrir muchas cosas:

  • el certificado del firmante puede caducar;
  • la autoridad de certificación puede dejar de operar;
  • una URL de consulta OCSP puede desaparecer;
  • los algoritmos criptográficos pueden quedar obsoletos;
  • pueden cambiar los sistemas de gestión procesal;
  • el documento puede tener que intercambiarse con otra Administración.

Por eso, en la Administración de Justicia no basta con preguntarse:

¿La firma electrónica es válida hoy?

También hay que responder:

¿Podremos seguir demostrando dentro de diez o quince años que esa firma era válida cuando se realizó?

La Guía de Interoperabilidad y Seguridad de Autenticación, Certificados y Firma Electrónica del CTEAJE, en su versión 2.0, aborda expresamente este problema.

La guía establece que las aplicaciones de servidor de la Administración de Justicia deben recopilar las evidencias electrónicas necesarias para completar las firmas recibidas cuando esas evidencias no estén ya incorporadas, haciendo referencia a variantes extendidas como PAdES-LTV. También dedica un apartado específico a la conservación a largo plazo de firmas electrónicas custodiadas por los órganos de Justicia.

En los estándares ETSI actuales, esta estrategia de conservación se expresa mediante perfiles PAdES Baseline, especialmente PAdES-B-LT y PAdES-B-LTA.

Entender la relación entre ambas terminologías es fundamental para diseñar correctamente una plataforma moderna de firma y archivo judicial.


¿Por qué una firma válida hoy puede ser difícil de validar dentro de diez años?

Una firma electrónica basada en certificado utiliza criptografía para vincular al firmante con unos datos concretos.

En el momento de validar la firma podemos comprobar, entre otros elementos:

  • que el documento no ha sido modificado;
  • que la firma criptográfica es correcta;
  • qué certificado se utilizó;
  • quién emitió ese certificado;
  • si su cadena de certificación era confiable;
  • si el certificado estaba vigente;
  • si había sido revocado.

El problema aparece con el paso del tiempo.

Supongamos que recibimos un PDF firmado correctamente en 2026.

Cuando intentemos verificarlo en 2036:

el certificado estará caducado.

Eso no significa automáticamente que la firma realizada en 2026 fuera inválida.

La pregunta realmente importante será:

¿Podemos demostrar que el certificado era válido y no estaba revocado cuando se realizó la firma?

Para responder años después necesitamos conservar evidencias del pasado.

Ése es precisamente el objetivo de las firmas de larga duración.


Caducidad del certificado no significa caducidad automática de la firma

Ésta es una confusión frecuente.

Los certificados electrónicos tienen una fecha de inicio y una fecha de finalización.

Pero una firma realizada legítimamente mientras el certificado era válido no se convierte automáticamente en inválida cuando el certificado caduca posteriormente.

El problema es probatorio y técnico.

Dentro de varios años debemos poder demostrar:

  1. que la firma existía en un momento determinado;
  2. que el certificado correspondiente era válido entonces;
  3. que no estaba revocado;
  4. que la cadena de certificación era confiable;
  5. que el documento no ha sido modificado.

Si esas evidencias no se conservaron, reconstruir posteriormente la situación puede ser mucho más difícil.


¿Qué dice CTEAJE sobre las firmas que llegan a Justicia?

La Guía CTEAJE establece una regla particularmente interesante para documentos electrónicos procedentes de fuera de la Administración de Justicia.

Las aplicaciones basadas en servidor deben recopilar las evidencias necesarias para convertir las firmas electrónicas recibidas en variantes completas como:

CAdES-XL

XAdES-XL

o

PAdES-LTV

cuando dichas evidencias todavía no formen parte de la firma.

El principio es importante:

Justicia no debería limitarse a almacenar una firma tal como llega si puede necesitar evidencias adicionales para validarla en el futuro.

La entrada del documento en el sistema judicial se convierte así en una oportunidad para preservar su capacidad futura de validación.


CTEAJE también permite completar la firma al recibirla

El apartado 11.2 de la guía vuelve a abordar esta cuestión.

Si una firma recibida no incorpora evidencias electrónicas suficientes sobre:

  • el momento de generación;
  • y la validez del certificado después de ese momento,

el órgano receptor puede transformarla en una variante extendida incorporando sello de tiempo e información de validación, dando lugar a variantes del tipo AdES-XL o PAdES-LTV.

Conceptualmente:

PDF firmado recibido

↓

validación

↓

obtención de evidencias temporales

↓

comprobación de certificados

↓

información de revocación

↓

incorporación de evidencias

↓

documento preparado para conservación

Este proceso es mucho más robusto que almacenar el PDF y esperar poder reconstruir todas esas evidencias varios años después.


¿Qué información hay que conservar para validar una firma en el futuro?

Una estrategia de validación a largo plazo puede necesitar conservar dentro del propio documento información como:

Certificado del firmante

Identifica el certificado utilizado para crear la firma.

Cadena de certificación

Permite reconstruir la relación entre el certificado del firmante y las autoridades de certificación correspondientes.

Información de revocación

Por ejemplo:

  • respuestas OCSP;
  • CRL, cuando corresponda.

Su finalidad es aportar evidencia sobre el estado del certificado.

Evidencia temporal

Un sello de tiempo permite demostrar que determinados datos ya existían en un momento concreto.

Certificados asociados a los servicios de confianza

También debe ser posible validar las propias evidencias utilizadas para reforzar la firma.

Cuanta más información de validación quede preservada junto al documento, menor será la dependencia futura de servicios externos.


De PAdES-LTV a PAdES-B-LT y PAdES-B-LTA

Aquí es necesario hacer una precisión terminológica.

La Guía CTEAJE v2.0 continúa utilizando expresiones como:

PAdES-LTV — Long Term Validation

y referencias históricas a perfiles PAdES anteriores.

Los estándares ETSI actuales utilizan la familia PAdES Baseline definida en ETSI EN 319 142-1.

La versión 1.2.1 del estándar, publicada en enero de 2024, define cuatro niveles:

PAdES-B-B

↓

PAdES-B-T

↓

PAdES-B-LT

↓

PAdES-B-LTA

No debe entenderse que PAdES-LTV sea simplemente otro nombre exacto y universal de PAdES-B-LT.

La terminología corresponde a generaciones diferentes de los estándares.

Pero ambos modelos persiguen el mismo objetivo general:

que una firma pueda seguir validándose cuando las condiciones existentes el día de su creación ya no estén disponibles.


PAdES-B-B: la firma básica

PAdES-B-B contiene los elementos fundamentales de una firma PAdES Baseline.

Permite disponer de una firma criptográfica sobre el PDF.

Pero todavía depende en gran medida de información externa para realizar determinadas comprobaciones futuras.

Podemos representarlo así:

PDF

firma criptográfica

No es, por sí solo, el nivel específicamente orientado a conservación prolongada.


PAdES-B-T: añadir una evidencia temporal

El siguiente nivel es PAdES-B-T.

Además de la firma, incorpora una evidencia temporal confiable asociada a ella.

ETSI define este nivel como el que incorpora un token confiable que permite demostrar que la firma ya existía en una fecha y hora determinadas.

Conceptualmente:

PAdES-B-B

sello de tiempo

↓

PAdES-B-T

El timestamp resulta especialmente relevante porque permite establecer una referencia temporal independiente.


PAdES-B-LT: conservar dentro del documento la información necesaria para validar

PAdES-B-LT da un paso mucho más importante hacia la conservación.

ETSI define este nivel como el destinado a incorporar en el propio documento todo el material necesario para validar la firma, afrontando así la disponibilidad a largo plazo de la información de validación.

Podemos simplificarlo así:

firma

evidencia temporal

certificados

información de validación

↓

PAdES-B-LT

Esto reduce considerablemente la dependencia futura de servicios externos.

Por ejemplo, años después puede que el servicio OCSP que consultamos originalmente ya no exista.

Pero si la respuesta obtenida cuando todavía era posible validar el certificado quedó incorporada al documento, disponemos de una evidencia histórica.


PAdES-B-LTA: conservación durante periodos todavía más prolongados

PAdES-B-LTA añade mecanismos destinados a mantener a largo plazo no solamente la firma, sino también la disponibilidad e integridad del material de validación.

ETSI establece que este nivel incorpora sellos de tiempo electrónicos que permiten validar la firma mucho tiempo después de su generación.

Conceptualmente:

PAdES-B-LT

sellado temporal del conjunto de evidencias

↓

PAdES-B-LTA

La idea fundamental es proteger también las evidencias que hemos ido incorporando.


¿Cuál es la diferencia práctica entre PAdES-B-LT y PAdES-B-LTA?

Podemos resumirla así:

PerfilObjetivo principal
PAdES-B-BFirma básica
PAdES-B-TAñadir evidencia temporal
PAdES-B-LTIncorporar material necesario para validación futura
PAdES-B-LTAReforzar además la preservación e integridad a muy largo plazo

ETSI señala específicamente que B-LT y B-LTA son apropiados cuando es necesario preservar la validez técnica después de la creación de la firma y pueden aparecer problemas como caducidad de certificados, revocaciones u obsolescencia de algoritmos.


¿CTEAJE exige PAdES-B-LTA?

No.

Ésta es una precisión muy importante.

La Guía CTEAJE utiliza el concepto PAdES-LTV para las variantes extendidas destinadas a conservar información temporal y de validación.

Pero además contempla que, una vez las firmas están incorporadas a un sistema informático de gestión judicial que utiliza mecanismos de integridad, no sea necesario realizar individualmente un resellado temporal de cada firma para llevarla a modalidades de archivo equivalentes a antiguas variantes AdES-A.

La guía pone como ejemplos de esos mecanismos:

  • hashes encadenados;
  • sellos de tiempo aplicados sobre grupos de referencias documentales.

Por tanto, no sería correcto afirmar:

“CTEAJE obliga a que todos los PDFs judiciales sean PAdES-B-LTA”.

No lo hace.

El diseño puede combinar:

firma con evidencias de validación

custodia dentro del sistema judicial

mecanismos de integridad del propio repositorio.


Dos estrategias de conservación que pueden complementarse

Podemos distinguir conceptualmente dos niveles.

Estrategia 1 — El propio PDF conserva muchas de sus evidencias

Por ejemplo:

PAdES-B-LT

o, cuando resulte apropiado:

PAdES-B-LTA.

El documento es relativamente autosuficiente para su validación posterior.

Estrategia 2 — El sistema de custodia preserva adicionalmente el contexto

El sistema judicial puede garantizar:

  • integridad;
  • trazabilidad;
  • archivo;
  • referencias temporales;
  • políticas documentales;
  • controles de acceso.

CTEAJE contempla precisamente la combinación de firmas extendidas con la custodia realizada por los sistemas de gestión procesal.

No son estrategias necesariamente excluyentes.

De hecho, pueden reforzarse mutuamente.


¿Qué establece CTEAJE sobre la conservación a largo plazo?

El apartado 11.5 está dedicado específicamente a la:

Conservación a largo plazo de firmas electrónicas incluidas en mecanismos de custodia de órganos de la Administración Electrónica de Justicia.

CTEAJE establece que las firmas de documentos judiciales electrónicos que hayan sido transformadas a variantes extendidas con información sobre:

  • el momento de realización de la firma;
  • y la validez del certificado en ese momento,

y que estén custodiadas dentro de un sistema de información utilizado por Justicia, mantienen la presunción de validez contemplada por la guía incluso después de que hayan expirado los certificados correspondientes.

Ésta es precisamente la lógica de la conservación de firma.

No intentamos impedir que un certificado caduque.

Eso es inevitable.

Lo que preservamos es la evidencia que demuestra cuál era su situación cuando la firma se produjo.


Validar antes de archivar es mucho mejor que intentar reconstruir después

Imaginemos dos estrategias.

Estrategia A

Recibimos el PDF.

Lo guardamos.

Diez años después intentamos validar la firma.

En ese momento puede que:

  • el certificado esté caducado;
  • el OCSP ya no responda;
  • la CA haya cambiado;
  • hayan desaparecido determinados servicios.

Estrategia B

Recibimos el PDF.

Lo validamos inmediatamente.

Conservamos las evidencias.

Incorporamos información temporal y de validación.

Después lo archivamos.

Diez años después disponemos de las evidencias que obtuvimos cuando todavía podían verificarse.

La estrategia B es claramente más robusta.

Es precisamente el enfoque que refleja CTEAJE al exigir a las aplicaciones de servidor la recopilación de evidencias necesarias para extender las firmas recibidas.


¿Qué papel tiene la validación de certificados?

La conservación comienza por una buena validación.

Antes de preservar una firma conviene determinar:

  • si la firma matemática es correcta;
  • si el documento conserva su integridad;
  • qué certificado se utilizó;
  • si puede construirse una cadena de confianza;
  • si el certificado estaba vigente;
  • si estaba revocado;
  • qué políticas se aplican.

CTEAJE dedica además su apartado 11.3 a las plataformas de validación y establece que incorporen las listas de confianza —TSL— correspondientes y utilicen información actualizada sobre el estado de los certificados.

Esto conecta directamente conservación y validación.

No podemos preservar correctamente una firma si antes no sabemos qué estamos preservando.


¿Qué papel tiene OCSP?

OCSP permite consultar el estado de revocación de un certificado.

Imaginemos:

certificado válido hasta 2028

pero

revocado en 2026.

Conocer simplemente su fecha de caducidad no sería suficiente.

Necesitamos determinar si estaba revocado en el momento relevante.

Una respuesta OCSP obtenida y preservada como evidencia puede ayudar posteriormente a demostrar el estado del certificado.

PAdES de larga duración busca precisamente conservar este tipo de información junto al documento.


¿Qué papel tiene el sello de tiempo?

El sello de tiempo aporta otra evidencia distinta.

Permite demostrar que determinados datos existían en un momento concreto.

Por ejemplo:

firma electrónica

↓

timestamp

↓

evidencia de que esa firma ya existía en ese momento.

El sellado temporal es un componente fundamental de los perfiles PAdES orientados a conservación.

edatalia dispone de un servicio de sello de tiempo cualificado conforme a eIDAS, basado en RFC 3161, que puede utilizarse como componente dentro de estrategias de firma y conservación a largo plazo.


Sello de tiempo y PAdES-B-LT no son lo mismo

También conviene evitar otra confusión frecuente.

Añadir un timestamp no convierte automáticamente una firma en B-LT.

El timestamp nos acerca al nivel:

PAdES-B-T.

Para llegar a un perfil orientado a validación a largo plazo necesitamos incorporar además el material necesario para validar la firma.

Es decir:

PAdES-B-T

certificados

información de revocación

material de validación

↓

PAdES-B-LT

Esta diferencia es importante en sistemas documentales profesionales.


¿Puede completarse una firma después de haber sido creada?

Sí.

Y CTEAJE contempla expresamente esta situación.

Una firma puede llegar al órgano judicial sin disponer todavía de todas las evidencias necesarias para su conservación futura.

El órgano receptor puede completar el documento incorporando:

  • información temporal;
  • información de validación;
  • otras evidencias necesarias.

Este proceso suele denominarse extensión, completado o augmentación de la firma.

No significa volver a firmar el contenido en nombre del firmante original.

Significa añadir nuevas evidencias que permitan preservar mejor la capacidad de validarlo.


¿Añadir evidencias modifica el documento firmado?

PAdES está diseñado para trabajar con la estructura incremental de PDF.

Esto permite incorporar posteriormente determinados elementos de validación o sellado sin alterar los bytes que fueron objeto de la firma original.

La firma inicial continúa protegiendo exactamente el contenido que protegía cuando se creó.

Las nuevas evidencias se incorporan como actualizaciones posteriores del PDF.

Esto hace posible evolucionar:

B-B

↓

B-T

↓

B-LT

↓

B-LTA

sin reemplazar conceptualmente la firma inicial del firmante.


Documentos recibidos desde fuera de Justicia

Este escenario es especialmente importante.

Una Administración de Justicia recibe continuamente documentación generada por terceros.

Por ejemplo:

  • abogados;
  • procuradores;
  • Administraciones Públicas;
  • empresas;
  • ciudadanos;
  • entidades financieras;
  • aseguradoras;
  • peritos.

No puede controlar cómo se generó originalmente cada firma.

Por eso la arquitectura receptora debe poder:

recibir

↓

validar

↓

clasificar

↓

recopilar evidencias

↓

completar cuando sea necesario

↓

custodiar

Ésta es precisamente una de las funciones que CTEAJE atribuye a las aplicaciones basadas en servidor.


Firmas generadas dentro de Justicia

El escenario es diferente cuando la propia plataforma controla el momento de firma.

En ese caso puede diseñarse desde el principio para generar documentos que ya incorporen:

  • timestamp;
  • información de validación;
  • certificados;
  • evidencias necesarias.

Esto evita tener que completarlos inmediatamente después.

Por tanto, en una arquitectura moderna conviene distinguir:

Firma recibida

Puede requerir validación y augmentación.

Firma generada internamente

Puede generarse directamente con el nivel de evidencias previsto por la política de conservación.


¿Cómo encaja la firma manuscrita biométrica?

Este punto conecta este artículo con el resto de nuestro clúster CTEAJE.

Una firma manuscrita biométrica y una firma PAdES mediante certificado no son exactamente lo mismo.

La biometría aporta evidencias sobre:

cómo realizó una persona su firma manuscrita.

Una firma o sello criptográfico PAdES aporta evidencias sobre:

la integridad criptográfica del PDF y el certificado utilizado para protegerlo.

Ambas tecnologías pueden coexistir.

Por ejemplo:

ciudadano firma sobre Wacom DTU

↓

webSign captura y cifra la biometría

↓

biometría se incorpora al PDF

↓

servidor aplica firma/sello criptográfico

↓

timestamp + información de validación

↓

PDF preparado para conservación

De esta forma se combinan:

evidencia biométrica

integridad documental

evidencia temporal

material de validación.


La biometría también tiene su propio problema de conservación

PAdES puede proteger la validez criptográfica del documento durante largos periodos.

Pero eso no sustituye la necesidad de conservar correctamente las evidencias biométricas.

Para que dentro de diez años sea posible analizar una firma manuscrita necesitaremos conservar también:

  • datos biométricos;
  • mecanismo de cifrado;
  • clave privada correspondiente;
  • software de extracción;
  • herramientas de análisis.

Por tanto, existen dos ciclos de conservación paralelos:

Conservación criptográfica

PAdES, certificados, OCSP, timestamps.

Conservación biométrica

datos dinámicos, cifrado, claves y herramientas periciales.

Una solución profesional debe contemplar ambas.


La arquitectura completa de conservación en Justicia

Podemos representar un posible flujo así:

Documento generado o recibido

↓

validación de firma

↓

comprobación de certificado

↓

TSL

↓

OCSP / información de revocación

↓

sello de tiempo

↓

PAdES-B-LT / estrategia equivalente de LTV

↓

Expediente Judicial Electrónico

↓

custodia e integridad del sistema

↓

eventual PAdES-B-LTA / resellado cuando la política lo requiera

Esto no significa que todos los documentos deban recorrer exactamente estos pasos.

La política concreta dependerá de:

  • procedencia;
  • tipo de firma;
  • valor jurídico;
  • plazo de conservación;
  • interoperabilidad;
  • política documental.

¿Cuándo puede tener sentido PAdES-B-LTA?

B-LTA resulta especialmente interesante cuando queremos que el propio documento disponga de mecanismos adicionales para proteger a largo plazo la integridad de las evidencias de validación.

Por ejemplo:

  • documentos que deben conservarse durante periodos muy prolongados;
  • documentos que pueden salir del sistema de custodia original;
  • documentos que deben ser verificables por terceros;
  • archivos en los que existe riesgo de obsolescencia criptográfica.

ETSI considera B-LTA una técnica apropiada de preservación y transmisión de datos firmados a largo plazo.

Pero esto no significa que sea el único mecanismo posible.

ETSI también contempla que un perfil B-LT pueda combinarse con técnicas adicionales de preservación.

Y CTEAJE, como hemos visto, contempla mecanismos de integridad proporcionados por el propio sistema judicial.


Custodia del sistema frente a portabilidad del documento

Aquí aparece una distinción arquitectónica interesante.

Documento siempre dentro de un sistema controlado

El sistema de Justicia puede aportar:

  • trazabilidad;
  • integridad;
  • sellado sobre conjuntos documentales;
  • custodia;
  • políticas de conservación.

Documento que debe circular independientemente

Puede ser especialmente valioso que el propio PDF contenga el máximo número posible de evidencias para poder verificarse sin depender del repositorio original.

Cuanto mayor sea la necesidad de portabilidad, más importancia adquiere que las evidencias estén incorporadas al propio documento.

Por ello, no existe necesariamente una única política correcta para todos los documentos.


¿Qué ocurre cuando los algoritmos criptográficos envejecen?

La conservación a largo plazo no consiste únicamente en esperar que los certificados caduquen.

También pueden quedar obsoletos los algoritmos.

Un algoritmo considerado seguro hoy puede dejar de ofrecer garantías suficientes dentro de veinte años.

PAdES-B-LTA y otras estrategias de preservación permiten añadir nuevas evidencias temporales utilizando algoritmos actuales antes de que los anteriores pierdan su fortaleza.

El principio es:

reforzar la evidencia mientras todavía podemos confiar en la evidencia anterior.

Esto crea una cadena temporal que permite prolongar la capacidad de validación.


El resellado debe producirse antes de que aparezca el problema

Esperar a que un algoritmo ya no sea confiable puede ser demasiado tarde.

Una estrategia profesional de archivo debe monitorizar:

  • algoritmos;
  • longitudes de clave;
  • certificados;
  • timestamps;
  • políticas criptográficas.

Cuando sea necesario, puede aplicarse un nuevo sello temporal que proteja el conjunto existente.

Por tanto, la conservación a muy largo plazo es un proceso, no simplemente una configuración aplicada el día de la firma.


¿Qué plazos menciona CTEAJE?

La Guía establece una previsión especialmente interesante sobre la posibilidad de cotejar documentos judiciales electrónicos.

Indica que debe garantizarse:

al menos durante 5 años después del archivo de las actuaciones

y, en el caso de las sentencias:

durante 15 años desde que sean firmes,

salvo que una norma procesal establezca otra cosa.

Es muy importante interpretar correctamente este apartado.


Cinco y quince años no son necesariamente plazos de eliminación

CTEAJE está hablando en este apartado de garantizar la posibilidad de cotejo.

No debemos traducir esas cifras como:

“los expedientes pueden eliminarse automáticamente después de cinco años”.

Ni:

“las sentencias solo deben conservarse quince años”.

Las políticas de archivo y conservación documental dependen de la normativa aplicable y de la naturaleza de cada expediente.

El dato que aporta CTEAJE se refiere específicamente a la garantía de cotejo contemplada en esta guía.

Esta precisión es importante para evitar una interpretación incorrecta.


Código Seguro de Verificación y conservación

CTEAJE contempla también el escenario de documentos judiciales electrónicos que contienen un Código Seguro de Verificación —CSV—.

En estos casos, la autenticidad puede comprobarse accediendo a la sede o subsede judicial correspondiente y obteniendo el documento electrónico asociado al código.

Esto muestra que la estrategia de conservación de Justicia no se basa exclusivamente en una única tecnología de firma.

Puede combinar:

  • PAdES;
  • firma electrónica;
  • CSV;
  • custodia;
  • sistemas de gestión procesal;
  • políticas documentales.

La elección depende del tipo de documento y del procedimiento.


Validación y conservación son dos fases de un mismo proceso

La validación responde:

¿Esta firma puede considerarse válida ahora?

La conservación responde:

¿Qué tenemos que guardar hoy para poder demostrarlo mañana?

Son dos caras del mismo problema.

Por eso la plataforma de validación no debería estar desconectada del sistema de archivo.

Un flujo maduro podría ser:

recepción

↓

validación

↓

decisión

↓

augmentación de evidencias

↓

archivo

↓

preservación

↓

revalidación futura


Cómo puede participar edatalia en esta arquitectura

edatalia dispone de diferentes componentes relacionados con este ciclo de vida.

Firma PAdES

Las soluciones de edatalia permiten generar documentos PDF firmados conforme a estándares PAdES y estrategias de validación de larga duración.

Sello de tiempo cualificado

edatalia opera un servicio cualificado de sellado de tiempo conforme al marco eIDAS, que permite incorporar una referencia temporal confiable a los documentos.

Validación

Los servicios de validación de edatalia permiten analizar firmas y certificados y pueden integrarse mediante API dentro de sistemas corporativos.

Firma biométrica

webSign permite incorporar la firma manuscrita y sus evidencias biométricas protegidas al documento.

La combinación de estas capacidades permite diseñar arquitecturas donde la firma no termina cuando se genera el PDF.

Continúa con:

validación

sellado temporal

incorporación de evidencias

y

conservación.


Un ejemplo completo dentro de Justicia

Imaginemos que un documento firmado electrónicamente llega a una aplicación judicial.

1. Recepción

El sistema recibe el PDF.

2. Validación

Se comprueba:

  • integridad;
  • firma;
  • certificado;
  • cadena;
  • confianza;
  • revocación.

3. Evaluación de evidencias

Se analiza si el documento ya contiene:

  • timestamp;
  • certificados;
  • información de revocación;
  • material suficiente para validación futura.

4. Completado

Si es necesario y la política lo contempla, se incorporan las evidencias correspondientes.

5. Custodia

El PDF se incorpora al Expediente Judicial Electrónico.

6. Protección del repositorio

El sistema judicial aplica sus mecanismos de integridad y conservación.

7. Preservación prolongada

Cuando la política documental lo requiera pueden añadirse nuevas evidencias temporales o mecanismos de archivo.

El resultado es un documento que no depende exclusivamente de que dentro de diez años siga funcionando exactamente la misma infraestructura que existía en el momento de la firma.


No basta con guardar el PDF

Ésta es probablemente la conclusión más importante.

Un fichero puede conservarse perfectamente durante veinte años.

Eso no significa que dentro de veinte años podamos demostrar correctamente la validez de las firmas que contiene.

Para conservar un documento firmado hay que preservar algo más que el documento.

Necesitamos conservar:

contenido

firma

certificados

estado de revocación

evidencia temporal

cadena de confianza

contexto de custodia

Cuando el documento contiene firma biométrica, añadimos además:

evidencias biométricas

claves de descifrado

herramientas para su eventual análisis.


Preguntas frecuentes sobre CTEAJE y PAdES de larga duración

¿Qué recomienda CTEAJE para conservar firmas electrónicas a largo plazo?

CTEAJE establece que las aplicaciones de Justicia recopilen evidencias electrónicas para transformar las firmas recibidas en variantes extendidas como PAdES-LTV cuando esas evidencias no estén ya incorporadas. También regula su posterior conservación dentro de los sistemas de gestión judicial.

¿Qué es PAdES-LTV?

Es la denominación utilizada históricamente para estrategias PAdES orientadas a la validación a largo plazo mediante la incorporación de información temporal y material de validación.

¿PAdES-LTV y PAdES-B-LT son exactamente lo mismo?

No exactamente. PAdES-LTV pertenece a una terminología anterior de los estándares, mientras que ETSI utiliza actualmente los perfiles Baseline B-B, B-T, B-LT y B-LTA. Funcionalmente comparten el objetivo de facilitar la validación futura, pero no deben tratarse como nombres estrictamente equivalentes.

¿Qué es PAdES-B-LT?

Es el perfil PAdES Baseline que incorpora al documento el material necesario para validar la firma, con el objetivo de mantener disponible esa información a largo plazo.

¿Qué es PAdES-B-LTA?

Añade a B-LT evidencias temporales destinadas a preservar durante más tiempo la disponibilidad e integridad del material de validación.

¿CTEAJE obliga a utilizar PAdES-B-LTA?

No. La guía habla de PAdES-LTV y contempla además que los sistemas judiciales utilicen sus propios mecanismos de integridad y custodia, evitando en determinados escenarios la necesidad de resellado individual equivalente a antiguas modalidades de archivo.

¿Un certificado caducado invalida automáticamente una firma?

No. Una firma realizada cuando el certificado era válido no se convierte automáticamente en inválida por su posterior caducidad. La dificultad consiste en poder demostrar años después cuál era el estado del certificado en el momento relevante.

¿Por qué hay que conservar OCSP?

Porque aporta evidencia sobre el estado de revocación del certificado en un determinado momento y puede no ser posible reconstruir esa información muchos años después.

¿Para qué sirve el sello de tiempo?

Permite aportar una referencia temporal confiable que demuestra que determinados datos existían en un momento concreto.

¿Un sello de tiempo convierte una firma en PAdES-B-LT?

No. El sello de tiempo corresponde al salto hacia B-T. B-LT requiere además incorporar material necesario para la validación futura.

¿Puede completarse una firma después de recibirla?

Sí. CTEAJE contempla expresamente que el órgano receptor incorpore sello de tiempo e información de validación cuando la firma recibida no los contenga.

¿Cuánto tiempo exige CTEAJE que pueda cotejarse un documento?

La guía establece al menos cinco años desde el archivo de las actuaciones y quince años desde la firmeza en el caso de las sentencias, salvo que una norma procesal disponga otra cosa.

¿Significa eso que los documentos puedan eliminarse después de esos plazos?

No. Esos plazos se refieren en ese apartado a la garantía de cotejo. La conservación documental debe ajustarse a la normativa y política de archivo aplicable.

¿Cómo encaja una firma biométrica con PAdES?

Pueden coexistir. La biometría aporta evidencias relacionadas con la ejecución de la firma manuscrita, mientras que PAdES puede proteger criptográficamente el PDF e incorporar evidencias temporales y de validación.

¿edatalia dispone de sello de tiempo cualificado?

Sí. edatalia presta un servicio cualificado de sellado de tiempo conforme al marco eIDAS.


En Justicia, firmar es solo el principio

Una plataforma de firma no debería diseñarse únicamente pensando en el momento en que una persona pulsa:

Firmar.

En la Administración de Justicia ese documento puede seguir siendo relevante muchos años después.

Por eso el verdadero ciclo de vida es:

firma

↓

validación

↓

recopilación de evidencias

↓

sellado temporal

↓

custodia

↓

preservación

↓

validación futura

CTEAJE incorpora precisamente esta visión de largo plazo.

Y los estándares PAdES actuales permiten llevarla al propio documento mediante perfiles como PAdES-B-LT y PAdES-B-LTA.

La conclusión es sencilla:

no basta con conservar un PDF firmado; hay que conservar también las evidencias que permitirán demostrar en el futuro por qué aquella firma era válida.

En un Expediente Judicial Electrónico, esa capacidad de validar el pasado forma parte de la propia confianza en el documento.

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